Proponen que los delitos contra la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, se persigan de oficio.


La diputada Alejandra Valdés Martínez presentó una iniciativa de reforma al artículo 360 Bis del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que los delitos contra la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros se perseguirán de oficio.

Con esto, señala en su exposición de motivos, se busca fortalecer el trabajo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en materia de peritaje en el transporte público en el estado de San Luis Potosí.

El artículo mencionado, establece que “Comete el delito contra la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, quien, sin concesión, permiso, o autorización correspondiente vigente, preste el servicio de transporte público de pasajeros en cualquiera de sus modalidades en las vías de jurisdicción estatal y municipal.

Este delito se sancionará con pena de prisión de tres a cinco años; sanción pecuniaria de trescientas a quinientas Unidades de Medida de Actualización; y suspensión hasta por un año del derecho para conducir vehículos. En caso de reincidencia, además de la pena de prisión correspondiente, se impondrá la privación definitiva del derecho de conducir vehículos.

Actualmente, este delito se persigue por querella necesaria, ya sea del usuario o persona afectada, o bien de la dependencia u órgano estatal del ramo

Lucía López

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