Constante vigilancia de purificadoras de agua para consumo

·      Por temporada de calor se intensifican las acciones de vigilancia y control sanitario en plantas purificadoras de agua y fábricas de hielo.

·      En el estado se cuenta con un padrón de aproximadamente 440 purificadoras y fábricas de hielo

Los Servicios de Salud a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS por sus siglas), lleva a cabo en todo el Estado la vigilancia, control y fomento sanitario permanente de un padrón  aproximado de 440 plantas purificadoras de agua y fábricas de hielo, incluyendo establecimientos que involucran manejo, distribución y expendio de estos productos, mediante acciones regulatorias y no regulatorias durante todo el año, incrementándose la vigilancia en temporada de calor con el fin de que estos productos no representen un riesgo para la salud de la población consumidora.

Lo anterior lo dio a conocer el Ing. José Antonio Carbajal Arteaga, Jefe del Departamento de Vigilancia Sanitaria Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios así mismo informó que lavigilancia se lleva a cabo de acuerdo a la observancia de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-251-SSA1-2009, “Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o Suplementos alimenticios y la Norma Oficial Mexicana NOM-201-SSA1-2015, Productos y servicios. Agua y hielo para consumo humano, envasado y a granel. Especificaciones Sanitarias”, donde se toma principalmente en consideración lo siguiente expresó:

Para cumplir con los requerimientos de las normas antes mencionadas los establecimientos deben de: tener una cabina de llenado de garrafones aislada, así como para el envasado de hielo.  Contar con un lavabo para lavado de manos en las áreas del proceso, tapetes sanitarios antes de entrar a cámaras de congelación de hielo purificado. Contar en el proceso con osmosis inversa, llevando un registro de las presiones y flujos, así como luz ultravioleta y llevar bitácoras de horas de operación diarias.        Tener un programa de fumigación con licencia sanitaria de la empresa que presta el servicio y registro de los plaguicidas utilizados. Además de realizar periódicamente  el análisis microbiológico semanal y de flúor de agua purificada anual y de agua cruda anual.

De igual forma se deberá llevar acabo la limpieza y mantenimiento de equipos, clorar el agua destinada al proceso, llevando su registro diario. Y para el  lavado interno de garrafón debe ser con un sanitizante especial. Y en cuanto al personal señaló el funcionario que: “debe usar cubre pelo, cubre boca, bata o mandil, filipina. Evidentemente debe portar las uñas cortas y sin esmalte, sin  alhajas por lo que no debe portar aretes, anillos, piercing, etc., advirtió señalando como medida sanitaria.

Por último comentó que en este tipo de establecimientos no es necesario que cuenten con licencia sanitaria, únicamente solicitar y requisitar un Aviso de Funcionamiento en las instalaciones de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios en la capital ubicadas en calle 5 de Mayo #1485 en Barrio de San Miguelito o para el interior del estado en las oficinas de las Jurisdicciones Sanitarias.

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