Si eres pensionado, estos son los requisitos para solicitar un préstamo

El préstamo podrá pagarse en un año. (Foto: Cuartoscuro)
El préstamo podrá pagarse en un año. (Foto: Cuartoscuro)

A partir de esta semana, las personas pensionadas o jubiladas tendrán el beneficio de pedir préstamos más elevados si así lo desean.

De acuerdo con el Instituto Nacional del Seguro Social (IMSS) desde el lunes ya se puede solicitar el importe máximo de crédito, de 30 a 90 veces el valor diario en moneda nacional de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

El préstamo que requiera la persona se descontará de la pensión que regularmente reciben cada mes. Uno de los beneficios es que no generará intereses y se debe liquidar en un año.

Aquellos que tengan el beneficio de adquirirlo podrán acceder a un monto mayor al que se daba en años anteriores, al pasar de un máximo de 2,534 a 7,640, valor actual de la UMA, informó el IMSS en un comunicado.

Uno de los requisitos importantes es que la pensión se encuentre vigente. (Foto: Cuartoscuro)
Uno de los requisitos importantes es que la pensión se encuentre vigente. (Foto: Cuartoscuro)

El IMSS destacó por medio de su página de Internet que los requisitos que un pensionado debe cumplir para solicitar el préstamo son:

  • Que el interesado se encuentre disfrutando de una pensión bajo el régimen de la Ley de Seguro Social de 1973
  • Que la pensión se encuentre vigente
  • Que el pensionado tenga acreditada una antigüedad mínima de tres meses en el disfrute de la pensión
  • En su caso, que hayan transcurrido tres meses del último descuento de algún préstamo anterior
  • Que el descuento no sea mayor al 30% del monto mensual de la pensión

Tras analizar los requisitos antes mencionados, la persona interesada deberá acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) donde serán atendidos y orientados por personal de la institución.

¿Qué documentos se necesitan?

Original y copia de cualquiera de los siguientes:

  • Credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral (INE)
  • Cédula Profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública (SEP)
  • Pasaporte, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores
  • Cartilla del Servicio Militar Nacional, emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional
  • Cédula de Identidad Personal, emitida por la Secretaría de Gobernación
  • Documento con fotografía expedido por la Delegación o Municipio en donde reside el interesado, a través del cual se haga constar la identidad del mismo

Además del documento oficial también se deberá presentar un documento que avale su Número de Seguridad Social (NSS).

Una vez autorizado el préstamo, el importe solicitado se depositará junto con el siguiente pago de la pensión a la cuenta bancaria que se tiene registrada en el IMSS.

El monto solicitado se depositará junto con la pensión. (Foto: Cuartoscuro)
El monto solicitado se depositará junto con la pensión. (Foto: Cuartoscuro)

Si la pensión es menor a la pensión mínima establecida al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, el monto máximo del préstamo que puede solicitar equivale al 25% del valor de su pensión.

La respuesta a esta solicitud es inmediata, luego de realizar el trámite se informará sobre los descuentos mensuales correspondientes y el tiempo para pagar el préstamo.

Si la cifra de la pensión es menor al salario mínimo, el préstamo será hasta del 25% de la cuantía anual, sin rebasar el tope establecido.

Cabe destacar que este movimiento es realizado por los interesados como un adelanto de pensión. Además, no genera intereses y se debe liquidar en un año.

Para cualquier aclaración o duda al respecto, el IMSS habilitó la siguiente información:

Llamar al número 800 623 23 23, donde se deberá elegir la opción 3 de pensionados y enseguida un representante autorizado tomará la solicitud.

Con información de INFOBAE

El Portal Una Nueva Era

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