Con el objetivo de, eliminar malas prácticas de los estacionamientos de centros comerciales, al imponer la prohibición de difundir cláusulas o leyendas confusas, se presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa para reformar la fracción III del artículo 280 y adicionar la fracción IV al artículo 280 y La fracción V y VI del artículo 301 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado.
En la exposición de motivos se explica que, existe un aumento en los robos totales o parciales de vehículos dentro de los estacionamientos de plazas comerciales. Pese a que la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano impone obligaciones de contar con seguros ante tales circunstancias, los establecimientos suelen deslindarse de los daños ocasionados dentro de los mismos.
La iniciativa establece que, el Ayuntamiento respectivo, procederá a la revocación de la licencia de uso de suelo, cuando el titular de la licencia de establecimiento comercial y de servicios no contrate el seguro previsto en el artículo 280 fracción IV de la ley dentro de los tres meses de la entrada en funcionamiento y/o incurra en la negativa del pago del seguro.
Así mismo considera que, los establecimientos comerciales y de servicios, procurarán que sus estacionamientos sean gratuitos; en caso contrario, aquellos que pretendan cobrar por el ingreso y permanencia en los mismos, estarán obligados a: Contar con seguro contra robo total o parcial de los vehículos, ya sea del interior o exterior de éstos, así como con seguro para cubrir daños ocasionados dentro del estacionamiento del establecimiento.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y votación.
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