San Luis Potosí, S.L.P., a 14 de octubre de 2026.- La frase “no es egresado de nuestra universidad ni es potosino” le valió al Rector de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), Alejandro Zermeño Guerra, una recomendación por presuntos actos de discriminación.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) determinó que el rector vulneró los derechos del diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Héctor Serrano Cortés, y emitió la recomendación 10/2026, en la que establece la obligación de ofrecer una disculpa pública.
El origen de la queja
Los hechos se remontan al 26 de marzo, durante la polémica relacionada con el sistema de pensiones de la Universidad. En ese contexto, el legislador del PVEM cuestionó al rector, quien respondió con comentarios relacionados con su origen y el hecho de no haber estudiado en la UASLP.
Serrano Cortés consideró que las expresiones eran discriminatorias y el 6 de abril presentó formalmente una queja ante la CEDH.
Tras analizar el caso, el organismo autónomo concluyó que Zermeño Guerra incurrió en un acto de discriminación que afectó los derechos a la igualdad, a la no discriminación y al trato digno.
Cuatro medidas establecidas por la CEDH
La resolución contempla cuatro obligaciones con plazos definidos. La principal establece que, en un máximo de 40 días naturales, el Rector deberá ofrecer una disculpa pública en la que reconozca la vulneración de los derechos humanos, acepte su responsabilidad y se comprometa a reparar el daño para restituir el honor de la víctima.
Asimismo, deberá garantizarse la reparación integral del daño y gestionarse el registro del diputado como víctima ante la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas.
Capacitación y posible responsabilidad administrativa
Como medida preventiva, la CEDH exige que, en un plazo de 60 días, se capacite al personal de Rectoría, desde mandos superiores hasta mandos medios, mediante un curso-taller de cuatro horas sobre derechos humanos, igualdad y no discriminación.
Finalmente, la recomendación establece que, en un plazo de 30 días, el caso deberá turnarse al Órgano Interno de Control de la propia Universidad, a fin de que investigue si existió alguna falta administrativa.
Lucía López/Redacción.





