CEDH emite la recomendación 23/2019 dirigida al Director de Comercio Municipal de San Luis Potosí

Sobre el caso de violaciones a la legalidad y seguridad jurídica en materia administrativa, a la integridad y seguridad personal por exceso en el empleo de la fuerza pública, en agravio de cuatro personas dedicadas al comercio en vía pública en pasaje Iturbide, Centro Histórico de San Luis Potosí, y cuatro personas más que resultaron afectadas.


La Comisión Estatal de Derechos Humanos inició expediente de queja ante la solicitud de intervención realizada por parte de una mujer comerciante, quien requirió la presencia de personal de este Organismo Autónomo en el pasaje Iturbide y calle Villerías, sito Plaza del Carmen del Centro Histórico de San Luis Potosí, por presuntas violaciones a sus derechos humanos atribuibles a personal de inspección de la Dirección de Comercio del Ayuntamiento de San Luis Potosí.

La mujer indicó que, en la mañana del 3 de agosto de 2019, cuando menos tres personas del sexo masculino y una del sexo femenino, se presentaron en su puesto de venta ubicado en pasaje Iturbide, sin mostrar ninguna identificación, dijeron ser inspectores adscritos a la Dirección de Comercio Centro Histórico y le informaron que no podía ejercer su venta en ese lugar al no contar con el permiso municipal correspondiente, e intentaron quitarle su mercancía.

El 6 de agosto de 2019, por el medio día, la víctima se presentó en el sitio que ella considera su lugar de trabajo, pero en ese lugar ya se encontraban varias personas quienes se ostentaron como Inspectores de la Dirección de Comercio del Ayuntamiento de San Luis Potosí, así como aproximadamente treinta agentes de la Policía Municipal, quienes le indicaron que no podía instalar su puesto para ejercer el comercio, no se retiró del lugar y al evitar el decomiso de su mercancía, tanto ella como cuatro personas más resultaron lesionados.

En este sentido es importante precisar que se afectó a la legalidad y seguridad jurídica en agravio de las víctimas, en razón de que la Unidad de Gestión del Centro Histórico, carece de facultades para requerir la presencia de personal de Seguridad Pública y de encabezar cualquier procedimiento u acto administrativo tendiente a ordenar o participar en las acciones de retiro de los comerciantes.

En tal sentido, existió un empleo innecesario de la fuerza por parte de los servidores públicos (elementos de policía municipal), quienes fueron convocados para garantizar la integridad física de Inspectores de Comercio y que en una acción carente de planeación y organización no sólo colocó en riesgo la integridad de los propios policías municipales, sino también del personal de inspección y generó lesiones a las personas agraviadas.

La CEDH está de acuerdo en un REORDENAMIENTO ADECUADO de la vía pública y de los espacios de uso común que se contemplen para la actividad comercial, para lo cual es necesario que la autoridad municipal realice un diagnóstico sobre el estado que guarda esta actividad y tome las medidas pertinentes o implemente programas efectivos de vigilancia permanente para verificar el cumplimiento de la normatividad en la materia, asimismo se tomen las medidas para proteger los monumentos históricos; sin embargo es evidente que la acción efectuada el 6 de agosto no tuvo planeación y hubo exceso en el uso de la fuerza, lo que vulneró los derechos humanos de las personas dedicadas al comercio.

Por lo anterior se emite la Recomendación 23/2019 dirigida al Director de Comercio Municipal de San Luis Potosí, bajo los siguientes puntos recomendatorios:

  1. Se giren instrucciones a la Dirección que corresponda, para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño a las víctimas que son personas dedicadas al comercio en la vía pública; la CEDH propone como forma de reparación, que se considere su actividad comercial y su antigüedad como su modo de subsistencia vital, que se les brinden las alternativas para que puedan llevar a cabo su actividad reglada en el marco del reordenamiento del Centro Histórico y atendiendo a los giros tradicionales, así mismo se lleve a cabo la inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Victimas.
  2. Como Garantía de No Repetición se giren instrucciones a efecto de que todo el personal operativo del Departamento de Inspección y de la Dirección de Comercio de ese Ayuntamiento de San Luis Potosí, cuente con identificaciones vigentes y uniforme para el ejercicio de sus funciones.
  3. Que la Unidad de Gestión del Centro Histórico cuente con un Reglamento Interno que con toda claridad enuncie las facultades operativas derivadas del Decreto de creación.
  4. Que el Titular de la Contraloría Interna realice el Procedimiento Administrativo para que se determine la responsabilidad administrativa en que pudo incurrir servidores públicos.
  5. Se impartan a todos los integrantes del Departamento de Inspección, Dirección de Comercio Municipal y Unidad de Gestión del Centro Histórico, un Curso de Alta Formación y Capacitación en materia de Derechos Humanos.

La CEDH exhorta a las autoridades capitalinas a llevar a cabo acciones efectivas en la observancia y respeto de los derechos humanos.

Lucía López M

El Portal Una Nueva Era

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