Aumenta 65% en migración irregular de niños, niñas y adolescentes que cruzan México

La cantidad de personas migrantes irregulares en México ha tenido un aumento en el último año, incluyendo al sector de niños, niñas y adolescentes. De acuerdo con estadísticas recopiladas por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), este 2023 ha presenciado un aumento del 65 por ciento respecto al número de migrantes irregulares menores de 18 años.

La cifra, obtenida a partir de boletines estadísticos de la Unidad de Política Migratoria, expone que en los primeros nueve meses de 2023, México ha experimentado un aumento en la migración irregular de niñas, niños y adolescentes, pasando de 46 mil 801 en 2022, a 77 mil 121 este año.

La Redim expone que la preocupación central radica en la posible violación del derecho a la “no privación de la libertad por motivos migratorios”, consagrado en la reforma al capítulo 6 de la Ley de Migración de noviembre de 2020. Este aumento sustancial podría indicar un conflicto entre las políticas migratorias actuales y los derechos fundamentales de niñas, niños y adolescentes.

Repatriaciones, otro tema de interés

Aumenta 65% migración irregular de niños, niñas y adolescentes
FOTO: ADOLFO VLADIMIR /CUARTOSCURO.COM

Durante los mismos meses, 19 mil 506 menores fueron repatriados de Estados Unidos a México, lo que refleja un incremento del 0.5 por ciento en comparación con 2022. Este dato resalta la complejidad de la migración infantil transfronteriza y subraya la necesidad de abordar las condiciones que llevan a estas repatriaciones.

En contraste, se observa una disminución del 53.7 por ciento en las repatriaciones de niñas, niños y adolescentes desde México a otros países en los primeros nueve meses de 2023, con 4 mil 998 casos registrados. 

Del total repatriado, el 95 por ciento proviene de países de América Central, principalmente Guatemala, Honduras y El Salvador.

Tal como expone la organización, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) establece claramente que los menores migrantes son sujetos de derechos. Además, el artículo 89 de esta ley impone la responsabilidad de brindar protección a estas poblaciones mientras se determina su condición migratoria. El principio del “interés superior de la niñez” debe prevalecer durante cualquier procedimiento administrativo migratorio.

con información REDIM/ La Verdad N

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