La reforma para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas y ante la latente disminución del tiempo de trabajo surge la pregunta sobre si esto impactará realmente en el salario o las prestaciones de ley vigentes.
La aprobación en el Congreso de la Unión de la reforma constitucional para reducir la jornada laboral en México y en espera de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) ha encendido el debate entre trabajadores, empresas y autoridades, despertando dudas sobre el futuro de los salarios y las prestaciones.
La reforma a la Constitución incluyó en su régimen transitorio la prohibición de reducir salarios y prestaciones durante la implementación. Esto ha sido reiterado por las autoridades y es probable que la disposición se integre en los cambios que se realizarán a la Ley Federal del Trabajo, el siguiente paso.
Esto quiere decir que, por ejemplo, para el siguiente año, cuando se haga la primera reducción de dos horas anuales, las personas ganarán el mismo salario, pero laborando 46 horas.
“Hay que recordar que el salario nunca se puede disminuir, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo”, puntualiza Fernando Martínez Flores, socio encargado del área laboral del despacho Jauregui del Valle. Señala que incluso la propia reforma de jornada laboral indica que la disminución del tiempo de trabajo no implicará una disminución del salario. “Es un derecho constitucional, la garantía del salario”.
¿Por qué no se puede reducir el salario?
El derecho a percibir el salario es irrenunciable, señala el artículo 99 de la LFT, asimismo, el artículo 51 de la ley menciona que reducir el salario es un motivo de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, por lo que, en caso de que los patrones disminuyan los ingresos percibidos por los trabajadores, estarían incumpliendo con lo marcado en la legislación.
Alberto Aguirre Gaviño, socio director de Aguirre Asesores Legales considera que la reducción de la jornada laboral abrirá la puerta para que empleadores traten de aprovecharse de los trabajadores e intenten renegociar condiciones de trabajo, entre ellas prestaciones y salario; sin embargo, subraya: “no sería legal”.
En caso de detectar un ingreso inferior al percibido normalmente, Fernando Martínez Flores recuerda que en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) se puede presentar una queja, lo ideal es contar con comprobantes; pero el problema podría aparecer cuando la empresa no los emite, algo recurrente en el trabajo informal.
Prestaciones y disminución de empleo tras jornada laboral
A decir de Alberto Aguirre Gaviño, la reducción de la jornada laboral no tendrá un impacto en las cuotas obrero-patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ni ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
“Los centros de trabajo van a seguir ganando lo mismo, solamente van a trabajar menos tiempo”, enfatiza.
No obstante, alude a que las prestaciones extralegales sí podrían tener una afectación en términos de renegociación; por ejemplo, los vales de despensa, los bonos de asistencia, de puntualidad e incluso las cotizaciones a las cajas de ahorro porque reduciría el flujo y el sector patronal se enfrentaría a más gastos por la contratación de más personal o pago de horas extra.
“Las prestaciones de ley se van a mantener igual porque la misma reforma te va a obligar a pagar lo mismo por menos tiempo. Dónde van a afectar es en las prestaciones superiores y las horas extra. Por ejemplo, la manufactura, ellos están trabajando 24/7 y con horas extra llegan a sus metas. Ahora van a tener que invertir en nueva mano de obra, que eso trae aparejadas obligaciones de seguridad social e impuestos. Va a ser una nómina mucho más costosa”, subraya.
Sobre ese punto, Fernando Martínez agrega que tener un trabajador en la economía formal tiene un costo muy alto. Por ello, reconoce que la reducción de la jornada sin estímulos para el sector patronal puede impactar en la disminución de prestaciones y beneficios en nuevas contrataciones e incluso acelerar una automatización que a su vez reduciría los puestos de trabajo.
“Probablemente en lugar de tener dos o tres empleados, reduciré la plantilla de dos a uno si soy una Pyme”, explica el socio de Jauregui del Valle. Alberto Aguirre añade que en nuevas contrataciones se ofrezca menos dinero de lo que se venía ofreciendo en años previos, pero se tendría que analizar los salarios al interior para que no haya una discriminación salarial y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendría que intervenir mediante inspecciones.
Los abogados coinciden en que prestaciones como la prima vvacacional, el aguinaldo, la prima de antigüedad se tienen que mantener igual aún con la reducción del tiempo trabajado, pero en cuanto al cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) podría haber una variación.
“Seguramente sí va a haber una base diferente, porque el cálculo de PTU se va a dividir en dos partes, 50% basado en los días trabajados y 50% en el salario percibido. Una jornada de 48 horas solía implicar seis días de trabajo por uno de descanso; con la reforma laborarán cinco días para cumplir 40 horas. Técnicamente tienen menos días laborados al año”, detalla Alberto Aguirre.
No obstante, Martínez indicó que el pago de la PTU se hace respecto de los días trabajados al año, aun cuando no labore el trabajador, por ejemplo, días festivos, descansos semanales, vacaciones, pero en realidad no habría afectación con las 40 horas.
“Si tu trabajas hoy seis días y con la reforma te disminuyen a cinco, se te cuenta la semana completa de siete días para el cálculo de la PTU, ya que se incluyen los días de descanso para el cálculo sin importar si son dos o uno. Esto es, si tú trabajas todo el año completo, se te consideran 365 días, incluyendo días de descanso y vacaciones”.
Con información de El Economista.
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