El informe tendrá que ser de las intervenciones realizadas del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2020.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) para que entregue las versiones públicas de las solicitudes y requerimientos de intervenciones a comunicaciones privadas realizadas del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2020.
Así fue como la institución pidió a la dependencia dirigida por Alejandro Gertz Manero que de a conocer las versiones de intervenciones a comunicaciones realizadas a autoridades y directamente a concesionarias de telecomunicaciones, autorizadas o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos.
De igual manera, también se debe informar el número de averiguaciones previas sobre las intervenciones de comunicaciones privadas para extracción y acceso a datos conservados en 2019 y 2020.
Asimismo, debe dar a conocer el total de carpetas de investigación y la cifra de las que permanecen abiertas, especificando la cantidad de carpetas en las que se ejerció la facultad de abstenerse de investigar, las que se encuentran archivadas temporalmente, en las que se decretó el no ejercicio de la acción penal o se celebraron acuerdos reparatorios, entre otros datos estadísticos.
“La información requerida se refiere específicamente a los documentos que dan cuenta de intervención a comunicaciones privadas que realiza el agente del Ministerio Público de la Federación con motivo de la investigación de un delito en materia de delincuencia organizada y previa autorización de una autoridad judicial”, informó el comisionado del INAI, Adrián Alcalá Méndez.
Además, Alcalá Méndez destacó que la “Fiscalía se encontraba en posibilidades de pronunciarse sobre la procedencia o no de la entrega e las versiones públicas requeridas”.
“Intervención a comunicaciones privadas es relevante por invasión”
El comisionado del INAI destacó que las solicitudes de intervención a comunicaciones privadas son un tema “sumamente relevante por la invasión y el control que se podría tener sobre una persona, por lo que el actuar de las autoridades debe encontrarse apegado al marco legal correspondiente”.
Es “indispensable que las facultades de vigilancia e intervención de comunicaciones se encuentren estrictamente reguladas a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos, de manera que las mismas, sean llevadas a cabo con respeto verificable a la Ley, a los principios de necesidad y de proporcionalidad, de manera focalizada, es decir, no masiva, con mecanismos de control, transparencia y rendición de cuentas efectivos”.
Con información de Proceso
Síguenos en:
Twitter: @ElPortalMx
Facebook: El Portal San Luis Potosí
Instagram: ElPortalMx
TikTok :@elportalmx