El diputado Martín Juárez Córdova presentó una iniciativa de reforma al artículo 163 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, con la finalidad de incorporar a los delegados municipales como servidores públicos obligados a presentar su declaración de situación patrimonial ante el Cabildo.
Lo anterior porque a pesar de que los delegados municipales ejercen funciones de autoridad en la demarcación territorial y geográfica que faculta y delimita su actuar, actualmente no están obligados a presentar su declaración de situación patrimonial ante el Cabildo que es el órgano supremo de gobierno en los ayuntamientos.
Por lo que estimo necesario reformar el numeral en comento y adicionar una fracción en la que se contempla esta figura, ajustada a los mismos términos de los demás servidores públicos considerados dentro del artículo que es objeto de esta iniciativa, explicó el legislador.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí dispone que la “Delegación Municipal” es la demarcación territorial declarada así por el Congreso del Estado, previa solicitud formulada por el ayuntamiento respectivo.
Los requisitos que deben cumplirse para que el Congreso del Estado pueda reconocer y conformar en un centro poblacional una Delegación Municipal, comienzan con la solicitud expresa del Ayuntamiento, en donde se requiere señalar el nombre que llevará, incorporar el acta de Cabildo donde se haga constar el acuerdo que impulsa dicha iniciativa, que el centro poblacional cuente por lo menos cinco mil habitantes, aunado a que existan condiciones de infraestructura, acceso a la educación básica, servicios médicos y de policía, panteones y una oficina delegacional (instalaciones apropiadas para su funcionamiento).
En los ayuntamientos esta declaración de situación patrimonial se presenta ante el Cabildo, atendiendo lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí; sostiene la iniciativa de reforma, la cual se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales para su análisis correspondiente.
Por Ángel Rodríguez
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