En la actualidad, existen dos regímenes para pensionarse y estos se determinan de acuerdo a la fecha en que cada trabajador comenzó sus cotizaciones.
La Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) prevé dos tipos de regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse, cada una determina las condiciones que se deben cumplir para el otorgamiento de una pensión.
En la actualidad, existen dos regímenes para pensionarse y estos se determinan de acuerdo a la fecha en que cada trabajador comenzó sus cotizaciones ante el Seguro Social:
- Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997.
- Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar a partir del 1° de julio de 1997.
Con la reforma de pensiones de 1997 se estableció el Régimen de Contribución Definida o de Cuentas Individuales, que introdujo importantes cambios en las modalidades de pensión, mismas que se determinan en función del tiempo de cotización, la edad del trabajador y el monto que acumule en su Cuenta Individual Afore.
Derivado de todo lo anterior, la Ley 97 del IMSS ofrece ahora diversas alternativas de pensión, que permiten a los trabajadores elegir la opción que mejor se adapte a sus necesidades.
Renta Vitalicia: Se contrata a una aseguradora, que a cambio de recibir los recursos acumulados en la Cuenta Individual Afore, se obliga a pagar una pensión durante la vida del pensionado. El monto de la pensión se actualiza anualmente; se conserva el derecho a servicios de salud y puede retirarse el excedente de recursos de la Cuenta Individual Afore.
Retiro Programado: Se contrata con la Afore en donde estás registrado. El monto de la pensión se basa en el saldo acumulado en tu Cuenta Individual Afore, los rendimientos generados y la expectativa de vida calculada. A diferencia de una renta vitalicia, que garantiza un pago de por vida, en el retiro programado recibirás la pensión hasta que se agoten los fondos de tu Cuenta Individual Afore.
Pensión Garantizada: Es la que el Estado asegura a quienes reúnen los requisitos para obtener una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, pero cuyos recursos acumulados en su Cuenta Individual Afore resulten insuficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado. En 2025 el monto mensual va de $3,414.56 hasta $10,732.00 pesos, en función del número de semanas cotizadas, salario base de cotización y edad.
¿Cómo acceder a las pensiones? Paso a paso
Para acceder a cualquiera de las modalidades y alternativas de pensión, los trabajadores deben cumplir con los siguientes requisitos generales:
- Cumplir con la edad requerida según la pensión solicitada.
- Tener al menos 850 semanas cotizadas en 2025; la cifra aumentará en 25 semanas cada año hasta alcanzar 1,000 en 2031.
- Presentar la solicitud formal de pensión ante la subdelegación del IMSS que corresponda.
Cabe destacar que cuando el IMSS entregue la resolución de pensión, se deberá acudir a la Afore correspondiente para gestionar el pago de la pensión; pueden elegir entre una renta vitalicia, un retiro programado o retiro anticipado.
Es importante precisar que si no se reúnen las semanas de cotización requeridas y el monto de la Cuenta Individual Afore no es suficiente para contratar una renta vitalicia, el IMSS otorgará una negativa de pensión, con la que el trabajador podrá disponer del total de tu cuenta Afore, sin derecho a pensión.
Para cualquier duda sobre las diversas pensiones que ofrece la institución, el IMSS, pone a disposición la siguiente dirección en internet: https://www.imss.gob.mx/pensiones o en su defecto el número telefónico: 800 623 23 23 (opción 3) donde personal del Seguro Social atiende la llamada.
Con información de Excelsior.
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