En febrero se presentó en la Suprema Corte una propuesta para regular las detenciones de migrantes en el país, pues éstos permanecen en instalaciones del INM privados de su libertad y sin control judicial. Pero la Primera Sala rechazó el proyecto
Derivado de un amparo que interpuso un migrante venezolano para impedir su deportación, la Suprema Corte analizó una propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat que intentaba subsanar una omisión “inconstitucional” del Congreso que propicia la violación de los derechos humanos de los migrantes: no existe legislación para regular sus detenciones y evitar que permanezcan privados de la libertad sin control judicial. Sin embargo, esa primera propuesta fue rechazada sin mayor explicación por la Primera Sala y returnada para elaborar un nuevo proyecto.
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Desde febrero pasado se presentó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una propuesta para regular las detenciones de migrantes en el país, pues éstos deben permanecer en las estaciones del Instituto Nacional de Migración (INM) privados de su libertad y sin control judicial. Pero la Primera Sala rechazó el proyecto.
En el documento, presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat durante la sesión de la Sala el pasado 1 de febrero, se planteó que es necesario que el Congreso regule esas detenciones y que se agregue la posibilidad de permitir a los migrantes llevar sus procesos migratorios en libertad.
Ríos Farjat argumentó que todo tipo de detención, con independencia de los motivos y la materia que la regule, debe sujetarse a un control judicial para establecer si fue legal, lo que también implica que los legisladores tienen la obligación de prever el control de las detenciones en todas las leyes y normas que autoricen la privación de la libertad a las personas.
“El esquema procedimental migratorio en México permite la restricción de la libertad de personas extranjera y autoriza a múltiples autoridades del Instituto Nacional de Migración para ejercerla e, incluso, para ordenar su presentación en estaciones migratorias, cuya naturaleza es de una medida cautelar similar a la prisión preventiva de la materia penal”, observó la ministra.
“En dicho andamiaje legal no se advierte que el legislador haya establecido un control de la detención ejercido por alguna autoridad con funciones materialmente jurisdiccionales que califique la constitucionalidad y legalidad de esas detenciones, mucho menos que cumpla con las exigencias de autonomía e independencia necesarias para garantizar su imparcialidad en el ejercicio de esa función.”
El proyecto derivó del caso de un venezolano que solicitó visa de trabajo con motivo de una oferta laboral de una empresa en la Ciudad de México, petición que le fue negada porque, aunque la empresa y el domicilio existían, no pudo comprobarse la normal operación de la corporación, por lo que el INM emitió una alerta migratoria para impedir que el migrante permaneciera en el país.
El hombre, quien llegó a México procedente de Nueva York, afirmó en el aeropuerto que sólo estaría en el país dos semanas para visitar a su madre; sin embargo, las autoridades le informaron que sería deportado debido a la existencia de la alerta migratoria y el rechazo aéreo emitidos en su contra con motivo de que su petición de visa laboral fue negada; el migrante tramitó entonces un amparo con el que frenó cualquier acto de rechazo, devolución o deportación.
En consecuencia, las autoridades determinaron alojarlo temporalmente, con el carácter de “presentado”, en la Estación Migratoria de la Ciudad de México Las Agujas, pero la suspensión que obtuvo también le permite llevar su proceso en libertad, aunque con ciertas restricciones, como presentarse cada semana ante el Juzgado de Amparo a firmar, proporcionar un domicilio y avisar cualquier cambio al respecto.
En el amparo, el quejoso señaló que el legislador mexicano no reguló el control de detención en materia migratoria, lo que resulta contrario a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de privaciones de la libertad, incluidas las derivadas de procedimientos migratorios.
Al analizar el caso en la SCJN, la ministra Ríos Farjat propuso a la Sala declarar inconstitucional la omisión del Poder Legislativo de regular las detenciones migratorias y establecer un control al respecto, para que un juez determine si es necesario que los migrantes y las personas extranjeras sometidas a un procedimiento migratorio permanezcan detenidos en las estaciones del INM, en puertos, aeropuertos o fronteras, o si es posible que lleven sus procedimientos en libertad.
Al efecto, la ministra buscó que se ordenara al Congreso de la Unión cumplir con su obligación de regular el control de las detenciones en materia migratoria antes del 15 de diciembre de 2023.
Sin embargo, aquel 1 de febrero, luego de la presentación del proyecto en la Primera Sala, los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron contra la propuesta y, sin dar argumento alguno, desecharon el proyecto.
El asunto fue returnado a Pardo Rebolledo para que elabore un nuevo proyecto conforme al criterio de la mayoría en la Primera Sala, que hasta la fecha no se conoce.
Durante los primeros cuatro años de la presente administración, 81 mil 350 solicitantes de asilo fueron retenidos en la frontera con Estados Unidos bajo el programa Quédate en México, acordado por los gobiernos de Andrés Manuel López Obrador y Donald Trump. Los solicitantes de refugio permanecían en ciudades fronterizas mientras las cortes de migración de Estados Unidos resolvían sus casos.
El programa provocó que incluso la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitiera pronunciamientos contra las condiciones de hacinamiento, insalubridad e inseguridad en que se obligaba a vivir a los migrantes durante el proceso legal, que puede durar meses o años.
En enero de este año, López Obrador aprobó las nuevas medidas migratorias anunciadas por Estados Unidos que implican que cada mes podrían entrar a México 30 mil migrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela expulsados por el gobierno de Biden.
De acuerdo con el registro de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación, del 1 de diciembre de 2018 al 28 de febrero de 2023 el INM capturó a 1 millón 298 mil 484 migrantes, quienes han debido permanecer detenidos en las estaciones migratorias a la espera de que se resuelva su situación.
En este contexto, el pasado 27 de marzo se desató un incendio dentro de la Estancia Provisional de Ciudad Juárez del INM donde permanecían detenidos 68 migrantes de diferentes nacionalidades; 40 de ellos fallecieron.
Y las agresiones crecen
La falta de control judicial en las detenciones de migrantes observada por Ríos Farjat propicia también que los agentes del INM no tengan que justificar ante un juez las medidas que toman cuando realizan esas capturas ni informar las condiciones en que se encuentran las estaciones del instituto.
Aunque en los cuatro años de la presente administración federal pocos agentes migratorios han sido sancionados por actos de corrupción, las quejas y las denuncias contra ellos por ese tipo de conductas o por agredir a los ya superaron las cifras registradas durante todo el sexenio de Enrique Peña Nieto.
Con información Proceso
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