CURP de mascotas: cómo sacarlo y en qué casos aplica la multa por no tramitar el RUAC

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El RUAC es obligatorio en CDMX. Conoce cómo registrar a tu mascota y en qué casos podrían aplicar sanciones.

Desde abril de 2024, el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), conocido también como CURP para mascotas, es obligatorio y gratuito en la Ciudad de México para perros y gatos.

El registro tiene como finalidad otorgar certeza jurídica a los animales de compañía, facilitar su identificación y promover la tenencia responsable, según establece la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México y la Agencia de Atención Animal (AGATAN).

¿Qué es el RUAC y quiénes deben tramitarlo?

El RUAC es una base de datos administrada por la AGATAN que integra los datos de identificación de los animales de compañía y de sus tutores. El trámite es obligatorio para todos los residentes de la Ciudad de México que tengan perros o gatos.

Este registro es gratuito y no aplica para animales cuyo tutor no sea residente de la capital. Se puede realizar de manera digital o presencial.

Además de identificar a los animales, el RUAC busca evitar el abandono y el maltrato, y permite a las autoridades tener un censo actualizado de la población animal en la ciudad.

¿Cómo se tramita el CURP para mascotas?

El trámite del RUAC puede realizarse en línea a través de la plataforma ruac.cdmx.gob.mx, o bien de manera presencial en los Centros de Atención Animal de las alcaldías.

Los pasos para tramitarlo en línea son los siguientes:

  • Iniciar sesión con la cuenta Llave CDMX.
  • Completar los datos del tutor y de la mascota (nombre, raza, edad, color y características físicas).
  • Subir tres fotografías de la mascota (frontal, lateral y una con el tutor).
  • Descargar la clave RUAC, que servirá como identificación oficial.
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Una vez concluido el registro, el carnet puede consultarse desde la App CDMX. El trámite no tiene costo ni fecha de vencimiento.

En caso de fallecimiento de la mascota, cambio de tutor o cambio de domicilio, se debe realizar la baja correspondiente en el sistema.

Multas por no registrar a las mascotas en el RUAC

De acuerdo con la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México, no registrar a una mascota en el RUAC puede derivar en multas que van de 2 mil 375.94 a 3 mil 394.20 pesos, equivalentes a 21 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, los tutores podrían enfrentar arresto administrativo de 24 a 36 horas en caso de que la omisión del registro sea detectada en situaciones específicas.

No obstante, la titular de la AGATAN, Ana Villagrán, aclaró en un video publicado en su cuenta de X que estas sanciones solo se aplican en escenarios como cuando la mascota se ve involucrada en un incidente que requiera la intervención de un Ministerio Público o un Juez Cívico. En tales casos, la falta de registro puede ser considerada un agravante. Por lo tanto, no se aplicarán multas de manera indiscriminada por no contar con el RUAC.

¿Tienes mascota? Estas acciones SÍ te pueden costar una multa

Si bien, el no registrar a las mascotas en el RUAC no es sancionable, hay acciones que podrían hacerte acreedor a una multa. De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la CDMX.

Por ejemplo, no limpiar desechos de animales puede resultar en una multa. El monto puede variar, pero normalmente va desde los mil 129 hasta los 2 mil 53 pesos.

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Por otra parte, pasear animales sin correa, asciende hasta los cuatro mil pesos o, en caso de no poder pagar, un arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

¿Para qué sirve el RUAC?

El RUAC facilita la identificación y localización de mascotas en caso de extravío, así como su atención en situaciones de emergencia.

También permite:

  • Acceso a campañas de vacunación, esterilización y desparasitación.
  • Reconocimiento jurídico de la propiedad del animal.
  • Protección en casos de maltrato.
  • Acceso a servicios como el Hospital Veterinario de la Ciudad de México.

Las autoridades pueden solicitar el RUAC en caso de que la mascota esté involucrada en accidentes, denuncias o situaciones que impliquen la intervención de un juez cívico. También es requerido en campañas de salud y en espacios públicos si el animal se encuentra suelto.

¿Hay una fecha límite oficial para el registro?

Algunos medios de comunicación han señalado el 30 de junio de 2025 como una fecha recomendada para realizar el registro y evitar posibles sanciones. Sin embargo, en el sitio oficial del RUAC no se menciona una fecha límite específica ni ha sido confirmada por la Agencia de Atención Animal. El trámite es obligatorio y puede realizarse en cualquier momento.

Con información Proceso/Univesal

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