Miembros de Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, deben contar con educación superior:Dip. Ochoa

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DIP. CÁNDIDO OCHOA ROJAS PRESENTÓ UNA INICIATIVA DE REFORMA AL ARTÍCULO 105 DE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.

El diputado Cándido Ochoa Rojas presentó una iniciativa de reforma al artículo 105 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, a fin de que, para ser miembro del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, se exija la educación superior, con una carrera a fin a esta función.

Con motivo de la reciente reforma constitucional en materia de educación, en la actualidad el Estado Mexicano, ha determinado establecer como derecho fundamental obligatorio de todo mexicano, la educación superior.

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“Sin embargo, frente a ese avance, tenemos que el precepto cuya reforma se plantea en esta iniciativa, establece que para ser miembro del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, entre otros requisitos, se requiere haber cursado solo la educación básica, lo que pugna con el logro constitucional que en ese rubro se ha avanzado, que como se dijo, es de nivel superior”, apuntó.

Manifestó el diputado Cándido Ochoa que “es conveniente recordar la importancia de la función que los integrantes del Tribunal Laboral, quienes desempeñan una función esencialmente jurisdiccional, esto es de juzgadores, ya que su competencia, entre otros temas, es la de aprobar o rechazar los proyectos de laudos que los proyectistas les presentan, y que entrañan la solución de conflictos individuales y colectivos que se suscitan entre las instituciones públicas de gobierno y sus trabajadores.

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“Esta circunstancia, sin lugar a duda, exige un nivel de conocimientos que implique una carrera profesional afín a esa función, y no solo la primaria como se establece en la actualidad, de ahí la necesidad de reformar la disposición legal”, puntualizó.

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