Fueron aprobadas reformas a la ley de protección a los animales, para establecer sanción relativa a utilización de vehiculos tirados por animales para recolección de residuos domésticos.

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Estas conductas se sancionarán con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente

El pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para establecer la sanción relativa a la utilización de vehículos tirados por animales para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

De acuerdo al mismo artículo, se indica que estas conductas se sancionarán con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.

También se establece dentro del catálogo de conductas a sancionar, el colocar sobre la piel productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier índole, excluyéndose el tatuaje de identificación o reconocimiento de raza.

El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, señala que se busca lograr una mayor y mejor protección de los animales en el Estado de San Luis Potosí, a través del establecimiento de la medida coercitiva específica aplicable a la prohibición establecida en el artículo 36 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí referente al uso y tránsito de vehículos tirados por animales, utilizados para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

La protección y bienestar de los animales forman parte de una visión ética y legal cada vez más respaldada por tratados internacionales, leyes estatales y ordenamientos municipales, que ya han tipificado el uso de animales de tracción como una forma de maltrato animal, promoviendo su retiro progresivo mediante leyes y sanciones

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