San Luis Potosí.- S.L.P (El Portal).-El Congreso del Estado reformó la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí, normativa que establece cuántos integrantes tendrá cada Ayuntamiento, con un nuevo modelo que se aplicará por primera vez en la elección del 7 de junio de 2027.
La reforma, publicada el 29 de junio de 2026, modifica el artículo 13 y divide a los 59 municipios del estado en tres grupos, de acuerdo con su tamaño de población.
San Luis Potosí capital tendrá nueva integración
El primer grupo corresponde a San Luis Potosí capital, al ser el municipio con mayor población del estado.
Su Cabildo estará integrado por una Presidencia Municipal, una regiduría y una sindicatura de mayoría relativa, correspondientes a los cargos que obtiene directamente la planilla ganadora, además de hasta 14 regidurías de representación proporcional, que se distribuyen entre los partidos que no ganaron la elección de acuerdo con su porcentaje de votación.
Antes de esta reforma, la capital contaba con dos sindicaturas y hasta 16 regidurías de representación proporcional.
Se amplían espacios para oposición en seis municipios
El segundo grupo está conformado por Ciudad Valles, Matehuala, Rioverde, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y, por primera vez, Villa de Pozos.
Estos seis ayuntamientos tendrán una Presidencia Municipal, una regiduría y una sindicatura de mayoría relativa, además de hasta 11 regidurías de representación proporcional.
Este representa uno de los principales cambios de la reforma, ya que anteriormente estos municipios contaban con una Presidencia, una regiduría y dos sindicaturas de mayoría relativa, así como hasta cuatro regidurías plurinominales.
Con la nueva distribución, se amplían los espacios para las fuerzas políticas de oposición, lo que permitirá una mayor representación de distintas voces dentro de los Cabildos.
52 municipios mantendrán integración
El tercer grupo corresponde a los 52 municipios restantes, considerados pequeños y medianos.
En estos casos se mantendrá una integración de una Presidencia Municipal, una regiduría y una sindicatura de mayoría relativa, además de hasta cinco regidurías de representación proporcional.
Mantienen requisitos para regidores y síndicos
La reforma también conserva dos reglas vigentes para todos los ayuntamientos.
Por cada regidor y síndico propietario se elegirá un suplente, con el objetivo de evitar que los cargos queden vacantes.
Asimismo, para ocupar una sindicatura será necesario contar con título y cédula profesional de abogado o licenciado en Derecho, además de acreditar al menos tres años de experiencia, debido a que este cargo tiene entre sus funciones la defensa legal de los intereses del municipio.
Lucía López/Redacción.





