Sufre Rayados: ¡Esteban Andrada es sancionado con 12+1 partidos!

El arquero ya no volverá a jugar en el Zaragoza y regresará a la Liga MX con una suspensión de ocho encuentros por cumplir.

Esteban Andrada ya conoce el precio a pagar por sus acciones. El portero del Zaragoza ha sido sancionado con 13 partidos por el puñetazo que le propinó en la cara a Pulido en el Huesca-Zaragoza de la pasada jornada.

12 partidos de suspensión por agredir a otro”, dice el Comité de Disciplina en su acuerdo, al que hay que sumar otro por la doble amarilla vista antes de la agresión. Además, sanciona con cuatro encuentros a Dani Jiménez, portero del Huesca, por su agresión en la tangana posterior al puñetazo de Andrada y con dos a Tasende, del Zaragoza.

El meta, en los momentos finales del derbi, en el que ya tenía una tarjeta amarilla, acudió a protestar una acción y acabó empujando a Pulido. Dámaso Arcediano le mostró la segunda tarjeta, le expulsó y Andrada perdió la cabeza, corriendo y dándole un brutal puñetazo a Pulido y “originándole un hematoma en el pómulo izquierdo”, un aspecto clave para la sanción que el árbitro recogió en el acta.

Disculpas públicas y privadas

Esteban Andrada pidió el mismo domingo disculpas públicas tanto al Real Zaragoza y su afición como al propio Jorge Pulido por el puñetazo que le dio en el tiempo de prolongación. “Estoy muy arrepentido”, dijo. Después, este martes, llegó el perdón privado. El meta mandó un mensaje telefónico al capitán del Huesca para presentarle sus disculpas y sellar la paz después de un suceso que ha dado la vuelta al mundo.

La resolución del Comité de Disciplina

A juicio de este Comité son circunstancias concurrentes agravantes de la conducta: en primer lugar, debe referirse que la conducta agresora se produce estando el juego detenido y como reacción a la expulsión del jugador ulteriormente agresor, por doble amonestación. En lugar de retirarse al vestuario, conforme mandata el artículo 120.3 el jugador adopta una actitud agresiva y se dirige corriendo -de forma voluntaria- al capitán del equipo rival. Una vez le alcanza, (i). salta hacia él y (ii). Le propina un puñetazo.

La premeditación mínima que exige desplazarse hasta la posición del agredido, unida a la ejecución de la acción con uso de fuerza excesiva según recoge el acta, acredita un dolo específico que este Comité valora como circunstancia agravante de primer orden. La naturaleza del golpe -directo, en la cara, con fuerza excesiva- sitúa la conducta en el extremo más grave del espectro de agresiones subsumibles en el tipo.

A ello se añade el resultado dañoso constatable: hematoma en el pómulo izquierdo, que acredita la intensidad real de la acción. La consecuencia de este hecho es la generación de una tangana entre los restantes jugadores. Es decir, la agresión genera una confrontación entre equipos que no es propia de los valores del deporte, puesto que es circunstancia que trasciende la agresión individual y pone en riesgo la integridad de terceros y el orden del encuentro. Además, ha de valorarse que el jugador agresor no depone su actitud y continua su ánimo confrontativo. Esto provocó que fuera necesaria la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para proceder a trasladarle al vestuario.

Con información de Marca.

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